sábado, 14 de abril de 2012

TONY AGÚNDEZ PROTEGE TABLE DANCE EN CABO SAN LUCAS

antonio agundez, otra vez
La empresa de bailes eróticos, que opera bajo la razón social de Grupo Ciani, S.A. de C.V., funciona con una licencia comercial que, según la Ley que regula el almacenaje, distribución y venta de bebidas alcohólicas en Baja California Sur, no cumple con todos los requisitos, aunque la autoridad municipal lo niega. Incluso, hasta agosto del 2011, el table-dance operaba con el permiso a nombre de Avelino Vázquez Ruiz, quien falleció en el 2005.

Gerardo Zúñiga Pacheco
acta de defuncionCabo San Lucas, Baja California Sur.- Primero fue Luis Armando Díaz, luego René Núñez Cosío, después Mirna Xibillé de la Fuente y hoy el alcalde de Los Cabos, José Antonio Agúndez Montaño, quien protege la operación indebida del table-dance conocido como “El Boleiro” en este destino de playa.

giro comercial a nombre del occisoLa compañía de bailes eróticos, que opera bajo la razón social de Grupo Ciani, S.A. de C.V., funciona desde hace poco más de ocho meses con una licencia comercial que –según la Ley que regula el almacenaje, distribución y venta de bebidas alcohólicas en Baja California Sur– no cumple con todos los requisitos, aunque la autoridad municipal lo niega.

Desde el 2005, y hasta agosto del 2011, el table-dance operaba con el permiso de un muerto de nombre Avelino Vázquez Ruiz, quien inesperadamente falleció el 8 de diciembre del 2005, y al vencerse el permiso anual, ya no hubo quién la renovara, por lo que el ayuntamiento local, en vez de suspender la licencia, y revisar el estatus de la compañía, en un acto de evidente corrupción, siguió refrendado el permiso a nombre del fallecido en las últimas tres administraciones municipales de Los Cabos.

Hoy por hoy, el hermano del indiciado ex gobernador, Narciso Agúndez Montaño, sujeto a un proceso penal por una serie de actos de corrupción en su paso por la administración pública, expidió un nuevo permiso en agosto pasado –y cuando tenía cuatro meses de haber tomado posesión del cargo— a nombre de Grupo Ciani, S.A. de C.V., a pesar de que carecía del contrato de arrendamiento del local, en virtud de que desde el 2010, disputan un juicio sobre el desalojo del local ubicado en las calles de Zaragoza y Lázaro Cárdenas del corazón turístico de Cabo San Lucas.

Pero ese requisito no es indispensable para el jefe de Inspección Fiscal del Ayuntamiento de Los Cabos, Ernesto Carrales Frías, pues, según explicó, el Grupo Ciani “cumple con todos los requisitos establecidos dentro de la Ley de Hacienda Municipal para operar y renovar sus permisos, de acuerdo al Artículo 64BIS, y aunque es del conocimiento de la autoridad de que existe un litigio entre dos empresas particulares, una opera y la otra renta el inmueble, no se tomarán otras decisiones, hasta en tanto, una autoridad competente, como el caso de un Juez, determine lo contrario, por lo que, recientemente fue revalidada la licencia con otro nombre para que continuara funcionando”.

Todo esto desencadenó que un grupo de abogados, representantes jurídicos de las compañías Callisto, S.A. de C.V. y Vizcalla, S.A. de C.V., y propietarios del inmueble donde opera el table-dance, solicitaran de manera formal, y por escrito, la información al ayuntamiento sobre la reciente expedición del permiso del negocio.
Sin embargo, hasta la fecha, el gobierno municipal se ha negado a entregar respuesta por escrito, a pesar de que el 24 de mayo del 2011, y casi enseguida de haber tomado posesión en el cargo, el alcalde del PRD fue notificado personalmente sobre el asunto, y quien hasta hoy, no ha dicho una sola palabra.

El silencio del gobierno de Agúndez ha servido para que los abogados Enrique Rodríguez Rodríguez y Homero Moreno Suárez hayan tenido que recurrir a un Juicio de Garantías, bajo el expediente 925/2011, y por el cual, han esperado desde el 24 de noviembre del 2011 la respuesta formal del alcalde, que sigue sin llegar, a pesar de que el Juez Tercero de Distrito de Baja California Sur ordenó a Agúndez, responder.

Pero más allá del interés por la licencia de operación de “El Boleiro”, los abogados están aprovechando el silencio del alcalde del PRD para presionarlo y llevarlo al terreno jurídico, y tomando en consideración que está desacatando la orden de un Juez Federal, empujan lo  que la propia Ley establece en el artículo 209 de la Ley de Amparo y que contempla que la desobediencia de cualquier servidor público, deberá ser sancionada en los términos del Código Penal Federal, aplicable por el delito de abuso de autoridad.

lapazantonioagundezdesafuero4Durante una entrevista con ZETA, los abogados señalaron que la Ley es clara, y textualmente citaron que “cuando la autoridad responsable se resista a dar cumplimiento a los mandatos u órdenes dictados en materia de amparo, será sancionada en la forma precisa en el Código Penal aplicable en materia federal para los delitos cometidos contra la administración de justicia, por los actos u omisiones ahí previstos”.

—Jurídicamente, ¿qué tendría que hacer el Juez en este caso?
“Si el alcalde no cumple o no justifica, porque no ha respondido a nuestra petición por escrito, como lo demandamos, el Juez Federal tiene la obligación de consignarlo, sin mucho preámbulo. La Ley así lo establece, no estamos hablando de promover un juicio político, sino de la aplicación de la Ley, y así está estipulado el procedimiento en la Ley de Amparo, cuando se violenta y se quebranta una orden de un juez”.

— ¿El alcalde de Los Cabos no sería destituido y tampoco sujeto a un proceso de desafuero?
“No. Debemos ser claros en lo que estamos empujando y planteando. La Ley dice que cuando no se obedeciere la ejecutoria, a pesar de los requerimientos a que se refiere el párrafo anterior, el juez de Distrito, la autoridad que haya conocido del juicio o el Tribunal Colegiado de Circuito, en su caso, remitirán el expediente original a la Suprema Corte de Justicia, dejando copia certificada de la misma, y de las constancias que fueren necesarias para procurar su exacto y debido cumplimiento. El artículo 107 fracción XVI de la Constitución Federal establece que todas las controversias deben de dirimirse bajo los procedimientos y formas de orden jurídico, en este caso de la Ley de Amparo, y la Ley de Amparo, dice que debe aplicarse el Código Penal para los delitos cometidos contra la administración de la justicia, por actos u omisiones. En este caso se está consumando un abuso de autoridad, y por tal, se debe procesar a la autoridad responsable, en este caso al alcalde, quien es el que se ha recibido todas las quejas y se ha negado a actuar”.

Los antecedentes
Todo el problema empezó cuando los propietarios del local que ocupa el table-dance “El Boleiro” determinaron, el 22 de junio del 2010, dar por terminado el contrato de arrendamiento del inmueble con una superficie de 444 metros cuadrados y ubicado en la planta alta de las calles Lázaro Cárdenas e Ignacio Zaragoza en el corazón turístico de Cabo San Lucas.

La compañía propietaria del local de nombre Callisto, S.A. de C.V. y Vizcalla, S.A. de C.V., y la cual había renovado por última vez el contrato el 1 de mayo del 2007, concluyó el trato en virtud de que había vencido el plazo y por múltiples incumplimientos de la parte arrendadora en este caso Grupo Ciani, S.A. de C.V.

En la notificación del término del contrato, los dueños del local concedieron un plazo de dos meses para que de manera voluntaria desalojaran el inmueble arrendado, con el apercibimiento que de no hacerlo, tendrían que ser expulsados a la fuerza, según un escrito entregado en su momento por Nora Alvarado Bello, representante legal de Callisto, S.A. de C.V. y Vizcalla, S.A. de C.V.

Sin embargo, el Grupo Ciani, S.A. de C.V. no desalojó el local y fue entonces que dio pie al inicio de un juicio civil que llevará a la desocupación del establecimiento por la fuerza, por lo que la dueña del inmueble nombró a los abogados Enrique Rodríguez Rodríguez, Homero Moreno Suarez y Hugo Adalberto Medina Castro como sus apoderados para este pleito, según la escritura 47 mil 364, expedida el 27 de abril del 2011 por el Notario Público Número 3, Carlos Arámburo Romero.

Los abogados iniciaron un juicio civil que quedó registrado bajo el expediente 1281/2010; después de casi un año, descubrieron que la licencia comercial del table-dance “El Boleiro” estaba a nombre de un muerto y tenía tres administraciones municipales siendo renovada ininterrumpidamente.

Por sus propios medios investigaron, y supieron que el titular de la licencia comercial era Avelino Vázquez Ruiz, y el cual había fallecido a la 1 y media de la tarde del 8 de diciembre del 2005 en la calle Heraclio Bernal 4211 del Fraccionamiento El Soler de la ciudad de Tijuana, Baja California, según el certificado de defunción 163-A-SD-C46783.

El deceso que quedó registrado en dos averiguaciones previas: la 14/05/201 y la 168/05/201, y donde se explicaba que Avelino tuvo una muerte violenta. Originario de  Peredo, España, tenía 45 años, estaba casado con Verónica Leonisa Pérez Taboada y su domicilio particular era en Belisario Domínguez núm. 2729 de la colonia Obispado en Monterrey, Nuevo León.

Las irregularidades
Desde ese tiempo, y hasta agosto del 2011, el table-dance “El Boleiro” operó con la licencia expedida en su momento a favor de Avelino Vázquez Ruiz, y aunque desde hace 8 meses, los dueños de la compañía de bailes eróticos, cambiaron la licencia comercial a nombre de Operadora Ciani, S.A. de CV.

A decir de los abogados la nueva licencia a nombre del negocio, y con refrendo en 2012, está fuera de todo marco legal, ya que fue entregada, a pesar de no contar con un contrato de arrendamiento del local, como lo establece la propia Ley, por lo que el otorgamiento debe investigarse y sancionarse, lo que está estipulado en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Baja California Sur.

Pero todo eso parece no importarle al alcalde del PRD, José Antonio Agúndez, quien no ha emitido ningún acuerdo o ha dado solución al problema, a pesar de que ha recibido decenas de escritos y documentos en torno al caso.
ZETA solicitó una entrevista con el alcalde de Los Cabos. Al cierre de la edición, no hubo respuesta.

El desacato
En uno escrito fechado el 24 de mayo del 2011, justo cuando el edil perredista casi cumplía un mes de haber tomado protesta, los abogados Enrique Rodríguez Rodríguez y Homero Moreno Suárez solicitaron formalmente la cancelación de la licencia comercial 7003/11 a favor de Avelino Vázquez Ruiz, que posteriormente fue cambiada a nombre de Operadora Ciani, S.A. de C.V., en virtud de que había sido refrendada indebidamente, y por lo que se estaba violentando la Ley que regula el almacenaje, distribución y venta de bebidas alcohólicas en Baja California Sur.

Asimismo, solicitaron la clausura del negocio, ya que la revalidación del permiso de operación –a decir de los abogados– era un engaño o prácticamente una complicidad con la autoridad gubernamental.

Sin embargo, el jefe del de Inspección Fiscal, Ernesto Corrales Frías, rechazó las acusaciones, y aunque dijo que desde su llegada a dicho encargo estuvo enterado de la situación  que se mantiene desde hace varios años entre el Grupo Ciani, S.A de C.V y las empresas Callisto y Vizcalla, S.A. de C.V., todo está bajo el marco de la Ley.

Durante una entrevista con ZETA, confirmó que efectivamente la nueva administración municipal otorgó la renovación del permiso para operar el table-dance “El Boleiro”, toda vez que la operadora presentó la documentación que se requiere y por lo cual describió que se trata de la solicitud, el comprobante del pago al corriente del impuesto predial del inmueble, el registro catastral del inmueble y la constancia de no adeudo de agua potable.

El jefe de inspección fiscal dijo que el pleito legal es entre ambos particulares, y aunque se ha pretendido involucrar a la autoridad municipal, ha quedado bien claro que el problema es de ellos, es entre el arrendador y el arrendatario.

El funcionario explicó que como ayuntamiento están obligados a esperar la resolución  legal del Juez en el caso, y de esa manera tomar las previsiones al respecto.

“No antes”, dijo y admitió que existe la solicitud reiterada del arrendador en este caso de Callisto, S.A. de C.V., y Vizcalla S.A. de C.V. de que sea clausurado el negocio en disputa, bajo el argumento de que “no presentó la documentación requerida para seguir operando”.

No obstante, comentó que la jefatura de Inspección Fiscal revisó el expediente físico, en el cual existe como antecedente formal un traspaso del dueño original, es decir, Avelino Vázquez Ruiz, y ante un notario público cedió la licencia a Grupo Ciani, S.A. de C.V. y es por esta razón –comentó– que la licencia de “El Boleiro” ha sido autorizada y refrendada para el presente año.

Finalmente, el funcionario municipal dijo que los problemas entre particulares deberán ser arreglados según se considere. “Esto ya está en manos de un Juez que de un momento a otro habrá de emitir su resolución, en tanto si el caso procede para un desalojo del Grupo Ciani, S.A. de C.V., la licencia entonces sí, deberá moverse del lugar, y ponerla a trabajar en otro lugar, a fin de que los propietarios tomen posesión de su inmueble”.

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