viernes, 16 de diciembre de 2011

"EN EL PAN TODOS SOMOS PROLE":ERNESTO CORDERO


Al acto asistieron tres gobernadores y siete funcionarios del gabinete presidencial.

Milenio
Al registrase como precandidato del PAN a la presidencia, Ernesto Cordero recibió anoche el apoyo de los gobernadores panistas, quienes, de acuerdo con el gobernador de Sonora, Guillermo Padrés, lo apoyarán junto con la militancia para convertirse en candidato de Acción Nacional y Presidente de la República.




Al interior del auditorio Manuel Gómez Morín sus simpatizantes gritaban: “¡La prole con Ernesto!”. Cordero agradeció el gesto señalando que “en el PAN todos somos prole”.
“Los gobernadores de Acción Nacional vemos en ti a un líder comprometido con México, vemos en ti a la persona que nos va a llevar a que México siga creciendo económicamente y que nos va a llevar seguridad y tranquilidad a todas las familias”, dijo Padrés durante al ceremonia de registro.



“Quiero decirte Ernesto también que los militantes y los gobernadores de Acción Nacional que estamos aquí presentes, y los que están ausentes, vemos en ti a un hombre que representa a una nueva generación de panistas que queremos seguir con este espíritu que nos heredaron los luchadores que le dieron origen a este bonito partido que tiene doctrina, mística, que tiene valores y que tiene principios”, agregó.
“Quiero decirte aquí frente a todos los que estamos en este bonito acto que contarás con todo nuestro apoyo para ganar la interna y convertirte en el próximo Presidente de la República, no me queda la menor duda”, señaló el gobernador sonorense.



Entre porras y gritos de apoyo de unos simpatizantes, Cordero dijo que la contienda interna será respetuosa, pero de contrastes de ideas y de trayectorias.
Además de los gobernadores de Baja California Sur, Marcos Covarrubias y de Guanajuato, Juan Manuel Oliva, asistieron también los secretarios de Hacienda, José Antonio Meade; de Comunicaciones y Transportes, Dionisio Pérez Jácome; de Salud, Salomón Chertorivski; de la Reforma Agraria, Abelardo Escobar; el titular de la Conagua, José Luis Luege; del IMSS, Daniel Karam; el subsecretario de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, Obdulio Ávila y la presidenta del Congreso de Oaxaca, Eufrosina Cruz.
Cordero destacó que todos los funcionarios asistieron fuera de horarios de oficina.
El acto fue transmitido en vivo hasta el Centro Banamex, donde unos tres mil integrantes de la estructura de promoción política de Cordero recibieron un curso de capacitación electoral.


“Podría alcanzar a Josefina”
••• Con un auditorio vacío, Javier Livas presentó su registro como aspirante a la pre candidatura del PAN con Gustavo Madero, presidente del partido, como testigo de honor. Quien también se registrara en 1988 contra el entonces candidato Diego Fernández de Cevallos, dijo que “ya es lo suficientemente famoso en su colonia y que la inscripción de sus papeles frente a la candidatura de Josefina Vázquez Mota, Ernesto Cordero y Santiago Creel no tiene como intención ni cinco minutos de fama ni algún otro cargo de elección popular”.


Frente a la Comisión de Procesos Internos de su partido pidió una contienda pareja y aseguró que si tiene acceso a los spots de televisión “podría alcanzar hasta a Josefina”. 

Él fue el segundo de los aspirantes fuera de la terna más fuerte que se registró; el primero, Luis Paredes Moctezuma, advirtió incluso que podría impugnar el proceso por falta de equidad en la contienda.

ENRIQUE PEÑA NIETO NO SABE HABLAR ESPAÑOL, MENOS INGLES


Dossier Político/ Globbos
Otra más para Enrique Peña Nieto, que parece no dar pie con bola. Está circulando por Internet una grabación en la que se puede observar al candidato priísta (partido político mexicano que representa la más oscura y arcaica forma retrograda de gobierno corrupto y caótico) hablando inglés o lo que parece ser inglés. Lo triste es que Enrique Peña Nieto está leyendo y, aunque tiene el guión bajo sus narices, su lectura es odiosa, garrafal, mediocre y poco o nada interesante.

En el video podemos escuchar a un Enrique Peña Nieto que no sabe leer, que no sabe hablar inglés, que no sabe fingir (aunque lo ha intentado por mucho tiempo) su propia ignorancia, así como la vez que Peña Nieto declaró que quiere para México Desigualdad Social (lo traicionó el subconsciente y reveló los principios básicos del PRI).

Carlos Fuentes dijo que Enrique Peña Nieto es un hombre sin recursos intelectuales y políticos. Que un escritor de renombre mexicano haya declarado una afirmación tan aventurada es para pensarse. No sé si el pueblo mexicano se detenga a pensar en la clase de persona, ser humano y político que es el señor lecturas, o sea Enrique Peña Nieto, pero si no lo han hecho, pues deberían hacerlo. Un hombre tan rezagado intelectualmente y tan fuera de lugar como éste no puede ni debe dirigir a un país.

México merece mejores políticos y mejores gobiernos. El nerviosismo de un hombre que no sabe leer y que no sabe disimular su ignorancia en televisión es un hombre que no debería ni siquiera ser considerado para gobernar una ciudad. en el video se le ve a Enrique Peña Nieto aterrado…, no hay otra forma de describirlo.

ENFRENTA SONORA CRISIS EN TRANSPORTE URBANO


Faltan unidades para prestar servicio a usuarios

Dossier Político/ Reforma / El Norte
Hermosillo,  México (16 diciembre 2011).- La modernización del transporte público en Sonora prometida por el Gobierno del Estado enfrenta una crisis que ha afectado a concesionarios y usuarios. En lugar de mejorar, el servicio empeoró.

El Gobierno de Sonora empezó a subsidiar en julio pasado el transporte público, lo que generó un incremento en los usuarios, pero los concesionarios no estaban preparados para ello.

Las deudas que arrastraban los concesionarios de años atrás redundaron en menos unidades, mayor tiempo de espera de los usuarios y que hasta en ocasiones las personas no fueran recogidas porque el camión iba lleno.

La falta de dinero del Gobierno de Sonora en el último trimestre del año pegó directo en los concesionarios, quienes reciben rezagado el subsidio y les afecta en su plan de pagos, pues deben desde hace dos años 230 millones de pesos por 280 camiones, además de 40 millones de pesos a sus proveedores de diesel, llantas y refacciones.

De julio a la fecha, el Gobierno debió pagar a los transportistas unos 50 millones de pesos, pero sólo ha pagado la mitad y les adeuda el resto.

Los usuarios afectados señalan que el servicio de transporte público es deficiente, que los camiones van llenos y que deben esperar más de 20 minutos para tomarlos.

Víctor Alcaraz, director del Fondo para la Modernización del Transporte Público en Sonora (Femot), reconoce que fue una buena medida del Gobierno de Sonora el subsidiar dos pesos de cada pasaje al usuario en general, y dar transporte gratuito a 166 mil estudiantes, pero que esta medida también tuvo su impacto negativo.

Antes del subsidio, la tarifa del transporte era de tres pesos la preferencial y cinco pesos la general.

La tarifa preferencial sólo subió un peso y la general dos.

"La demanda ha aumentado hasta en un 59 por ciento y es lógico, al entregar un subsidio al usuario, por eso el problema de la falta de unidades", señaló Alcaraz.

José Luis Gerardo Moreno, presidente de la empresa que agrupa a los concesionarios en Hermosillo, reconoció que existe un descontento entre los usuarios.

Los concesionarios aseguran que fueron cayendo en mora de pagos por la tarifa estática de seis años y el alza de más del 40 por ciento en sus insumos.

"A las unidades les falta mantenimiento, deberían salir 360 y no más salen 320, además subió la demanda en más de 30 mil pasajeros diarios; antes era de 232 mil diarios y hoy tenemos 264 mil", explicó Moreno.

En marzo, el Gobierno del Estado pidió al Congreso una autorización para contratar un préstamo por hasta 600 millones de pesos para aplicarlo en mejoras del transporte público, pero aunque sí lo autorizaron, nunca lo ejerció.

En diciembre, bajo el argumento de que sí quieren ayudar a los transportistas, pidieron una modificación al decreto para poder acceder al crédito, pero luego de aprobarlo, los concesionarios encontraron que el dinero no se podrá usar para el pago de deuda.

"El Gobierno nos debe unos 20 millones de pesos de un mes y medio de subsidios, pero además le estamos pidiendo que nos apoyen con ese crédito de hasta 600 millones que pueden pedir para el transporte porque nosotros debemos 280 unidades", dijo Moreno.

"Del Gobierno nos dicen que les redujeron las participaciones, que les han quedado a deber de las cadenas productivas y nosotros los entendemos, pero ¿cómo comprende el usuario si le quedamos mal?", agrega.

Para presionar al pago de unos 20 millones y pedir apoyo para salir de su deuda principal, los concesionarios estacionaron el 23 de noviembre 29 camiones con fallas mecánicas en calles cercanas al Palacio de Gobierno.

Moreno mencionó que la financiera que les vendió 280 camiones requiere el pago de 230 millones de pesos por la vía legal y los abogados afirman que el juez les ha otorgado la petición de intervenir la empresa.

El Congreso del Estado aprobó el 6 de diciembre una modificación a un decreto aprobado en marzo para que el Gobierno contrate una deuda por hasta 600 millones de pesos, dinero que pretenden aplicarlo a la modernización del transporte, incluido el pago de deuda.

NORMAS SOBRE LOS DELITOS MAS GRAVES


Primera Parte

NORMAS SUSTANCIALES


Art. 1
§1. La Congregación para la Doctrina de la Fe, a tenor del art. 52 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus, juzga los delitos contra la fe y los delitos más graves cometidos contra la moral o en la celebración de los sacramentos y, en caso necesario, procede a declarar o imponer sanciones canónicas a tenor del derecho, tanto común como propio, sin perjuicio de la competencia de la Penitenciaría Apostólica y sin perjuicio de lo que se prescribe en la Agendi ratio in doctrinarum examine.


§ 2. En los delitos de los que se trata en el § 1, por mandato del Romano Pontífice, la Congregación para la Doctrina de la Fe tiene el derecho de juzgar a los Padres Cardenales, a los Patriarcas, a los legados de la Sede Apostólica, a los Obispos y, asimismo, a las otras personas físicas de que se trata en el can. 1405 § 3 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1061 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales.


§ 3. La Congregación para la Doctrina de la Fe juzga los delitos reservados de los que se trata en el § 1 a tenor de los siguientes artículos.
Art. 2
§ 1. Los delitos contra la fe, de los que se trata en el art. 1, son herejía, cisma y apostasía, a tenor de los cann. 751 y 1364 del Código de Derecho Canónico y de los cann. 1436 y 1437 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales.


§ 2. En los casos de que se trata en el § 1, a tenor del derecho, compete al Ordinario o al Jerarca remitir, en caso necesario, la excomunión latae sententiae, y realizar el proceso judicial de primera instancia o actuar por decreto extra judicial sin perjuicio del derecho de apelar o de presentar recurso a la Congregación para la Doctrina de la Fe.


Art. 3
§ 1. Los delitos más graves contra la santidad del augustísimo Sacrificio y sacramento de la Eucaristía reservados al juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe son:
1º Llevarse o retener con una finalidad sacrílega, o profanar las especies consagradas, de que se trata en el can. 1367 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1442 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales;


2º Atentar la acción litúrgica del Sacrificio Eucarístico, de que se trata en el can. 1378 § 2 n.1 del Código de Derecho Canónico;

3º La simulación de la acción litúrgica del Sacrificio Eucarístico de la que se trata en el can. 1379 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1443 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales;


4º La concelebración del Sacrificio Eucarístico prohibida por el can. 908 del Código de Derecho Canónico y por el can. 702 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, de la que se trata en el can. 1365 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1440 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, con ministros de las comunidades eclesiales que no tienen la sucesión apostólica y no reconocen la dignidad sacramental de la ordenación sacerdotal.

§ 2. Está reservado también a la Congregación para la Doctrina de la Fe el delito que consiste en la consagración con una finalidad sacrílega de una sola materia o de ambas en la celebración eucarística o fuera de ella. Quien cometa este delito sea castigado según la gravedad del crimen, sin excluir la dimisión o deposición.


Art. 4
§ 1. Los delitos más graves contra la santidad del Sacramento de la Penitencia reservados al juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe son:


1º La absolución del cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo del que se trata en el can. 1378 § 1 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1457 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales;

2º La atentada absolución sacramental o la escucha prohibida de la confesión de las que se trata en el can. 1378 § 2, 2º Código de Derecho Canónico;

3º La simulación de la absolución sacramental de la que se trata en el can. 1379 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1443 Código de Cánones de las Iglesias Orientales;

4º La solicitación a un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo durante la confesión o con ocasión o con pretexto de ella, de la que se trata en el can. 1387 del Código de Derecho Canónico y en el can. 1458 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, si tal solicitación se dirige a pecar con el mismo confesor;


5º La violación directa e indirecta del sigilo sacramental, de la que se trata en el can. 1388 § 1 del Código de Derecho Canónico y en el 1456 § 1 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales.

§ 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el § 1 n.5, se reserva también a la Congregación para la Doctrina de la Fe el delito más grave consistente en la grabación hecha con cualquier medio técnico, o en la divulgación con malicia en los medios de comunicación social, de las cosas dichas por el confesor o por el penitente en la confesión sacramental verdadera o fingida. Quien comete este delito debe ser castigado según la gravedad del crimen, sin excluir la dimisión o la deposición, si es un clérigo.


Art. 5
A la Congregación para la Doctrina de la Fe se reserva también el delito más grave de la atentada ordenación sagrada de una mujer:


1º Quedando a salvo cuanto prescrito por el can. 1378 del Código de Derecho Canónico, cualquiera que atente conferir el orden sagrado a una mujer, así como la mujer que atente recibir el orden sagrado, incurre en la excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica;


2º Si quien atentase conferir el orden sagrado a una mujer o la mujer que atentase recibir el orden sagrado fuese un fiel cristiano sujeto al Código de Cánones de las Iglesias Orientales, sin perjuicio de lo que se prescribe en el can. 1443 de dicho Código, sea castigado con la excomunión mayor, cuya remisión se reserva también a la Sede Apostólica;


3º Si el reo es un clérigo, puede ser castigado con la dimisión o la deposición.
Art. 6
§ 1. Los delitos más graves contra la moral, reservados al juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe, son:


1º El delito contra el sexto mandamiento del Decálogo cometido por un clérigo con un menor de 18 años. En este número se equipara al menor la persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón;


2º La adquisición, retención o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores, de edad inferior a 14 años por parte de un clérigo en cualquier forma y con cualquier instrumento.

§ 2. El clérigo que comete los delitos de los que se trata en el § 1 debe ser castigado según la gravedad del crimen, sin excluir la dimisión o la deposición.


Art. 7
§ 1. Sin perjuicio del derecho de la Congregación para la Doctrina de la Fe de derogar la prescripción para casos singulares la acción criminal relativa a los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe se extingue por prescripción en 20 años.


§ 2. La prescripción inicia a tenor del can. 1362 § 2 del Código de Derecho Canónico y del can. 1152 § 3 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales. Sin embargo, en el delito del que se trata en el art. 6 § 1 n. 1, la prescripción comienza a correr desde el día en que el menor cumple 18 años.

Segunda Parte

NORMAS PROCESALES

Título I
Constitución y competencia del tribunal


Art. 8
§ 1. La Congregación para la Doctrina de la Fe es el supremo tribunal apostólico para la Iglesia latina, así como también para las Iglesias Orientales Católicas, para juzgar los delitos definidos en los artículos precedentes.


§ 2. Este Supremo Tribunal juzga también otros delitos, de los cuales el reo es acusado por el Promotor de Justicia, en razón de la conexión de las personas y de la complicidad.


§ 3. Las sentencias de este Supremo Tribunal, emitidas en los límites de su propia competencia, no son sujetas a la aprobación del Sumo Pontífice.


Art. 9
§ 1. Los jueces de este supremo tribunal son, por derecho propio, los Padres de la Congregación para la Doctrina de la Fe.


§ 2. Preside el colegio de los Padres, como primero entre iguales, el Prefecto de la Congregación y, en caso de que el cargo de Perfecto esté vacante o el mismo prefecto esté impedido, su oficio lo cumple el Secretario de la Congregación.


§ 3. Es competencia del Prefecto de la Congregación nombrar también otros jueces estables o delegados.


Art. 10
Es necesario que los jueces nombrados sean sacerdotes de edad madura, con doctorado en derecho canónico, de buenas costumbres y de reconocida prudencia y experiencia jurídica, aun en el caso de que ejerciten contemporáneamente el oficio de juez o de consultor de otro dicasterio de la curia romana.


Art. 11
Para presenta y sostener la acusación se constituye un promotor de justicia que debe ser sacerdote, con doctorado en derecho canónico, de buenas costumbres y de reconocida prudencia y experiencia jurídica, que cumpla su oficio en todos los grados del juicio.
Art. 12
Para el cargo de notario y de canciller se pueden designar tanto sacerdotes oficiales de esta Congregación como externos.


Art. 13
Funge de Abogado y Procurador un sacerdote, doctorado en derecho canónico, aprobado por el Presidente del colegio.


Art. 14
En los otros tribunales, sin embargo, para las causas de las que tratan las presentes normas, pueden desempeñar válidamente los oficios de Juez, Promotor de Justicia, Notario y Patrono solamente sacerdotes.


Art. 15
Sin perjuicio de lo prescrito por el can. 1421 del Código de Derecho Canónico y por el can. 1087 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, la Congregación para la Doctrina de la Fe puede conceder la dispensa del requisito del sacerdocio y también del requisito del doctorado en derecho canónico.


Art. 16
Cada vez que el Ordinario o el Jerarca reciba una noticia al menos verosímil de un delito más grave hecha la investigación previa, preséntela a la Congregación de la Doctrina de la Fe, la cual, si no avoca a sí misma la causa por circunstancias particulares, ordenará al Ordinario o al Jerarca proceder ulteriormente, sin perjuicio, en su caso, del derecho de apelar contra la sentencia de primer grado sólo al Supremo Tribunal de la misma Congregación.


Art. 17
Si el caso se lleva directamente a la Congregación sin haberse realizado la investigación previa, los preliminares del proceso, que por derecho común competen al ordinario o al Jerarca, pueden ser realizados por la misma Congregación.


Art. 18
La Congregación para la Doctrina de la Fe, en los casos legítimamente presentados a ella, puede sanar los actos, salvando el derecho a la defensa, si fueron violadas leyes meramente procesales por parte de Tribunales inferiores que actúan por mandato de la misma Congregación o según el art. 16.


Art. 19
Sin perjuicio del derecho del Ordinario o del Jerarca de imponer cuanto se establece en el can. 1722 del Código de Derecho Canónico o en el can. 1473 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales, desde el inicio de la investigación previa, también el Presidente de turno del Tribunal a instancia del Promotor de Justicia, posee la misma potestad bajo las mismas condiciones determinadas en dichos cánones.


Art. 20
El Supremo Tribunal de la Congregación para la Doctrina de la Fe juzga en segunda instancia:


1º Las causas juzgadas en primera instancia por los Tribunales inferiores;


2º Las causas definidas en primera instancia por el mismo Supremo Tribunal Apostólico.

Título II

El orden judicial


Art. 21
§ 1. Los delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe se persiguen en un proceso judicial.


§ 2. No obstante, la Congregación para la Doctrina de la Fe puede:


1º en ciertos casos, de oficio o a instancia del Ordinario o del Jerarca, decidir que se proceda por decreto extrajudicial del que trata el can. 1720 del Código de Derecho Canónico y el can. 1486 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales; esto, sin embargo, con la mente de que las penas expiatorias perpetuas sean irrogadas solamente con mandato de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

2º presentar directamente casos gravísimos a la decisión del Sumo Pontífice en vista de la dimisión del estado clerical o la deposición junto con la dispensa de la ley del celibato, siempre que conste de modo manifiesto la comisión del delito y después de que se haya dado al reo la facultad de defenderse.
Art. 22
El Prefecto constituya un Turno de tres o de cinco jueces para juzgar una causa.


Art. 23
Si, en grado de apelación, el Promotor de Justicia presenta una acusación específicamente diversa, este Supremo Tribunal puede, como en la primera instancia, admitirla y juzgarla.


Art. 24
§ 1. En las causas por los delitos de los que se trata en el art. 4 § 1, el Tribunal no puede dar a conocer el nombre del denunciante ni al acusado ni a su Patrono si el denunciante no ha dado expresamente su consentimiento.


§ 2. El mismo Tribunal debe evaluar con particular atención la credibilidad del denunciante.


§ 3. Sin embargo es necesario advertir que debe evitarse absolutamente cualquier peligro de violación del sigilo sacramental.



Art. 25
Si surge una cuestión incidental, defina el Colegio la cosa por decreto con la máxima prontitud.


Art. 26
§ 1. Sin perjuicio del derecho de apelar a este Supremo Tribunal, terminada de cualquier forma la instancia en otro Tribunal, todos los actos de la causa sean cuanto antes trasmitidos de oficio a la Congregación para la Doctrina de la Fe.


§ 2. Para el Promotor de Justicia de la Congregación, el derecho de impugnar una sentencia comienza a partir del día en que la sentencia de primera instancia es dada a conocer al mismo Promotor.
Art. 27
Contra los actos administrativos singulares emanados o aprobados por la Congregación para la Doctrina de la Fe en los casos de delitos reservados, se admite el recurso, presentado en un plazo perentorio de sesenta días útiles, a la Congregación Ordinaria del mismo Dicasterio, o Feria IV, la cual juzga la sustancia y la legitimidad, eliminado cualquier recurso ulterior del que se trata en el art. 123 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus.


Art. 28
Se tiene cosa juzgada:


1º si la sentencia ha sido emanada en segunda instancia;


2º si la apelación contra la sentencia no ha sido interpuesta dentro del plazo de un mes;


3º si, en grado de apelación, la instancia caducó o se renunció a ella;

4º si fue emanada una sentencia a tenor del art. 20.
Art. 29
§ 1. Las costas judiciales sean pagadas según lo establezca la sentencia.


§ 2. Si el reo no puede pagar las costas, éstas sean pagadas por el Ordinario o Jerarca de la causa.


Art. 30
§ 1. Las causas de este género están sujetas al secreto pontificio.
§ 2. Quien viola el secreto o, por dolo o negligencia grave, provoca otro daño al acusado o a los testigos, a instancia de la parte afectada o de oficio, sea castigado por el Turno Superior con una pena adecuada.


Art. 31
En estas causas junto a las prescripciones de estas normas, a las cuales están obligados todos los tribunales de la Iglesia latina y de las Iglesias Orientales Católicas, se deben aplicar también los cánones sobre los delitos y las penas, y sobre el proceso penal de uno y de otro Código.

EL SIGNIFICADO DE LA PUBLICACION DE LAS NUEVAS "NORMAS SOBRE LOS DELITOS MÁS GRAVES" EN LA IGLESIA CATOLICA

Nota del padre Federico Lombardi
En 2001, el Santo Padre Juan Pablo II promulgó un decreto de importancia capital, el Motu Proprio “Sacramentorum sanctitatis tutela”, que atribuía a la Congregación para la Doctrina de la Fe la competencia para tratar y juzgar en el ámbito del ordenamiento canónico una serie de delitos particularmente graves, cuya competencia en precedencia correspondía también a otros dicasterios o no era del todo clara.

El Motu Proprio (la “ley”, en sentido estricto), estaba acompañado por una serie de normas aplicativas y de procedimiento denominadas “Normae de gravioribus delictis”. La experiencia acumulada en el transcurso de los nueve años sucesivos sugirió la integración y actualización de dichas normas con el fin de agilizar o simplificar los procedimientos, haciéndolos más eficaces, o para tener en cuenta problemáticas nuevas. Este hecho se debió principalmente a la atribución por parte del Papa de nuevas “facultades” a la Congregación para la Doctrina de la Fe que, sin embargo, no se habían incorporado orgánicamente en las “Normas” iniciales. Esta incorporación es la que tiene lugar ahora en el ámbito de una revisión sistemática de dichas “Normas”.

Los delitos gravísimos a los que se refería esa normativa atañen a realidades claves para la vida de la Iglesia, es decir a los sacramentos de la Eucaristía y de la Penitencia, pero también a los abusos sexuales cometidos por un clérigo con un menor de 18 años.
La vasta resonancia pública en los últimos años de este tipo de delitos ha sido causa de gran atención y de intenso debate sobre las normas y procedimientos aplicados por la Iglesia para el juicio y el castigo de los mismos.

Por lo tanto, es justo que haya claridad plena sobre la normativa actualmente en vigor en este ámbito y que dicha normativa se presente de forma orgánica para facilitar así la orientación de todos los que se ocupen de estas materias.

Una de las primeras aportaciones para la clarificación –muy útil sobre todo para los que trabajan en el sector de la información fue la publicación, hace pocos meses, en el sitio Internet de la Santa Sede de una breve “Guía a la comprensión de los procedimientos básicos de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto a las acusaciones de abusos sexuales”. Sin embargo, la publicación de las nuevas Normas es diversa ya que presenta un texto jurídico oficial actualizado, válido para toda la Iglesia.

Para facilitar la lectura por parte del público no especializado que se interesa principalmente en la problemática relativa a los abusos sexuales, destacamos algunos aspectos.

Entre las novedades introducidas respecto a las normas precedentes, hay que subrayar ante todo las que tienen como fin que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir “el camino procesal judicial”, sino proceder “por decreto extrajudicial”, o la de presentar al Santo Padre, en circunstancias particulares, los casos más graves en vista de la dimisión del estado clerical.

Otra norma encaminada a simplificar problemas precedentes y a tener en cuenta la evolución de la situación en la Iglesia, es la de que sean miembros del tribunal, o abogados o procuradores, no solamente los sacerdotes, sino también los laicos. Análogamente, para desarrollar estas funciones ya no es estrictamente necesario el doctorado en Derecho Canónico. La competencia requerida se puede demostrar de otra forma, por ejemplo con un título de licenciatura.

También hay que resaltar que la prescripción pasa de diez a veinte años, quedando siempre la posibilidad de deroga superado ese periodo.

Es significativa la equiparación a los menores de las personas con uso de razón limitado, y la introducción de una nueva cuestión: la pedo-pornografía, que se define así: “la adquisición, posesión o divulgación” por parte de un miembro del clero “en cualquier modo y con cualquier medio, de imágenes pornográficas que tengan como objeto menores de 14 años”.

Se vuelve a proponer la normativa sobre la confidencialidad de los procesos para tutelar la dignidad de todas las personas implicadas.

Un punto al que no se hace referencia, aunque a menudo es objeto de discusión en estos tiempos, tiene que ver con la colaboración con las autoridades civiles. Hay que tener en cuenta que las normas que se publican ahora forman parte del reglamento penal canónico, en sí completo y plenamente distinto del de los Estados.

En este contexto se puede recordar, sin embargo, la “Guía para la comprensión de los procedimientos…” publicada en el sito de la Santa Sede. En esta “Guía”, la indicación: “Deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes”, se ha incluido en la sección dedicada a los “Procedimientos preliminares”. Esto significa que en la praxis propuesta por la Congregación para la Doctrina de la Fe es necesario adecuarse desde el primer momento a las disposiciones de ley vigentes en los diversos países y no a lo largo del procedimiento canónico o sucesivamente.

La publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia, para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella, y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente.

Naturalmente, también son necesarias otras muchas medidas e iniciativas, por parte de diversas instancias eclesiásticas. La Congregación para la Doctrina de la Fe, por su parte, está estudiando cómo ayudar a los episcopados de todo el mundo a formular y poner en práctica con coherencia y eficacia las indicaciones y directrices necesarias para afrontar el problema de los abusos sexuales de menores por parte de miembros del clero o en el ámbito de actividades o instituciones relacionadas con la Iglesia, teniendo en cuenta la situación y los problemas de la sociedad en que trabajan.

Los frutos de las enseñanzas y de las reflexiones maduradas a lo largo del doloroso caso de la “crisis” debida a los abusos sexuales por parte de miembros del clero serán un paso crucial en el camino de la Iglesia que deberá traducirlas en praxis permanente y ser siempre consciente de ellas.

Para completar este breve repaso de las principales novedades contenidas en las “Normas”, también hay que citar las relativas a delitos de otra naturaleza. De hecho, también en estos casos, no se trata tanto de determinaciones nuevas en la sustancia, sino de incluir normas ya en vigor, a fin de obtener una normativa completa más ordenada y orgánica sobre los “delitos más graves” reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Más concretamente, se han incluido: los delitos contra la fe (herejía, apostasía y cisma), para los cuales son normalmente competentes los ordinarios, pero la Congregación es competente en caso de apelación; la divulgación y grabación realizadas maliciosamente de las confesiones sacramentales, sobre las que ya se había emitido un decreto de condena en 1988; la ordenación de las mujeres, sobre la cual también existía un decreto de 2007.  

SACERDOTES CATOLICOS ABUSARON DE 10 MIL A 20 MIL MENORES EN HOLANDA DESDE 1945 A 1981


Casos, de leves a graves, y tanto la Iglesia como la sociedad lograron encubrirlos: comisión investigadora.


Dpa y Notimex
Amsterdam. Decenas de miles de niños han sido víctimas de abusos sexuales por parte de la Iglesia Católica en Holanda desde 1945, dijo el viernes una comisión independiente, criticando lo que denominó como el encubrimiento de la iglesia y el silencio cultural. 


La comisión estimó que entre 10 mil y 20 mil menores sufrieron abusos sexuales mientras estaban a cargo de instituciones católicas y orfanatos, internados y seminarios, entre 1945 y 1981, y los abusos oscilan desde leves a graves, entre ellos violaciones. Desde 1981, hay pocos hogares para menores gestionados por la iglesia.

El organismo también dijo que desde el final de la Segunda Guerra Mundial hasta el 2010, "varias decenas de miles de menores fueron sometidos a formas leves, graves y muy graves de comportamiento sexual inapropiado en la Iglesia Católica".

Pero dijo que los abusos sexuales no eran más prevalentes en las instituciones católicas que en organismos similares dirigidos por otros grupos.

"Los abusos sexuales a menores son algo extendido en la sociedad holandesa", dijo la comisión.

Los abusos por parte de curas católicos, y hombres y mujeres laicos fueron encubiertos sistemáticamente por la iglesia para proteger su reputación, dijo la comisión, añadiendo que la iglesia era culpable de "supervisión inadecuada" y "acción inadecuada".

Los hallazgos parecen dar una idea de un abuso más amplio en Holanda incluso que en Irlanda, en un escándalo que ha sacudido a la Iglesia Católica en Europa y Estados Unidos y obligado al Papa a pedir perdón a las víctimas de abusos por parte de sacerdotes.

La investigación fue encargada por la Conferencia Episcopal y la conferencia de Religiones Holandesas en el 2010 después de que salieran a la luz casos que implicaban a curas pedófilos en Holanda, Bélgica, Irlanda, Alemania, Austria, Canadá y Estados Unidos.

"Las órdenes (religiosas) lidiaban con estos casos. La idea de que la gente no lo sabía y los gestores no lo sabían no puede mantenerse", dijo Wim Deetman, un ex ministro de Educación protestante y ex alcalde de La Haya, que encabezó la comisión.

El informe critica a la iglesia por proteger a los curas pedófilos mientras trataba de poner la reputación de la institución por delante de la preocupación y el cuidado de las víctimas.

La mayoría de los casos son abusos leves a moderados, como tocamientos, pero dijo que estimaba que hubo "varios miles" de casos de violación.

Más tarde, la Iglesia católica de Holanda se declaró hoy “avergonzada” por las decenas de miles de casos de abusos contra menores perpetrados por unos 800 clérigos desde 1945 y revelados por el reporte de una comisión investigadora.

El Vaticano decidió no emitir declaraciones oficiales al respecto y se limitó a distribuir un comunicado de la Conferencia Episcopal de ese país, en el cual los obispos declararon que el contenido del informe les “llena de vergüenza y dolor”.

PIDE GOBIERNO CHINO A MEXICO PRUEBAS DE PRACTICAS DE COMERCIO ILEGAL: SECRETARIA DE ECONOMIA


El gobierno de la nación asiática rechaza que avale la promoción o desarrollo de dumping, subvaluación o triangulación de mercancías, señaló el secretario de Economía, Bruno Ferrari.


Notimex
México, DF. El gobierno chino pidió que México presente pruebas que acrediten prácticas comerciales ilegales en territorio nacional, informó el secretario de Economía, Bruno Ferrari.


La solicitud se hizo luego de que el gobierno de la nación asiática rechazara que avale la promoción o desarrollo de dumping, subvaluación o triangulación de mercancías, señaló el funcionario.

“El ministro nos dijo que China no avala los procedimientos que pudieran existir de ese carácter de algunas empresas de su país, que por lo mismo pues nos comuniquemos, compartamos las pruebas y busquemos soluciones creativas para tratar de resolver esto”, señaló.

En entrevista vía telefónica desde Ginebra, Suiza, el funcionario señaló que instruyó a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales a trabajar junto con los sectores productivos interesados en presentar estas pruebas.

Entre ellos están los de calzado, textil y vestido, que deberán documentar las afectaciones que generan las importaciones chinas.

Ferrari indicó que en el marco de la reunión ministerial de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que se desarrolla en Ginebra, se reunió con el ministro de Comercio de China, Chen Deming.
“Tuve la oportunidad de reunirme con el ministro Chen Deming, mi contraparte de China, y hablamos de que nuestros equipos deben de ponerse a trabajar rápidamente para encontrar soluciones creativas antes de tener que entrar en aspectos de conflictos de cualquier tipo.
“Por ello, de inmediato giré instrucciones a mi equipo para seguir adelante.
“Incluso me dio mucho gusto ver el ofrecimiento del ministro Deming, de que China efectúe misiones empresariales a México para incrementar las importaciones que hagan de productos hechos en nuestro país y aumentar las inversiones chinas”, comentó.
Ferrari reiteró que Deming le dejó en claro que el gobierno chino no avala ni promueve prácticas comerciales, por lo que le ofreció trabajar de manera conjunta para encontrar una solución.

La finalidad sería evitar la necesidad de recurrir a instancias legales, como podría ser la solicitud de un panel de solución de controversias ante la Organización Mundial de Comercio, OMC.

El encuentro entre ambos funcionarios se realizó a unos días de que terminaron las medidas de transición (reducción de aranceles a importaciones chinas y posibilidad de denunciar al país asiático ante la OMC), que pactaron ambos países desde 2001.

Por esa disposición, dirigentes industriales de los sectores textil, vestido y calzado han sostenido que empresarios chinos, bajo la anuencia del gobierno de ese país, incurren en prácticas como triangulación, dumping y subvaluación de mercancías.

La muestra es la introducción de brasieres a un centavo de dólar, costo que no cubre ni siquiera el broche de la prenda.

De esta manera el secretario de Economía aseguró que existe interés por parte China para encontrar una solución que beneficie a ambos países, aunque advirtió que el gobierno chino solicitó pruebas.

GARANTIZADOS LITROS "DE A LITRO" EN GASOLINERAS CON NUEVO DISPOSITIVO


A la fecha, 27% de las bombas que inspecciona Profeco presentan algún tipo de irregularidad, que puede ir desde el despacho de litros incompletos, a falta de seguridad o de control.

Notimex
México, DF. El subsecretario de Competitividad y Normatividad, José Antonio Torre Medina, informó que será en el último trimestre de 2012 cuando todos los dispensadores de gasolina deberán contar con un dispositivo para garantizar litros “de a litro”.


Dijo que a más tardar a finales del segundo semestre del próximo año estará publicada la norma que fija la obligatoriedad de dicho dispositivo, así como una complementaria para controlar el software que tienen los dispensadores de gasolina.

A la fecha, 27 por ciento de las bombas que inspecciona la Profeco presentan algún tipo de irregularidad, que puede ir desde el despacho de litros incompletos, a falta de seguridad o de control.

Aclaró que esto no significa que ese porcentaje “no cumplan con los litros, pueden ser problemas de otro tipo, pero lo que sí implica es que no están cumpliendo con algún aspecto de la norma”.

Torre Medina dijo que en la actualidad está en consulta pública la norma para la obligatoriedad del aditamento, cuya aplicación servirá para elevar la confianza de los consumidores.

En entrevista posterior a su participación en la Primera Semana Nacional Políticas Pro Consumidor organizada por la Profeco, recordó que un importante número de gasolinerías ya tiene el dispositivo porque son de reciente adquisición.

Pero las que carecen de él deberán adquirirlo de manera obligatoria para el próximo año, y si bien tiene un costo, “es menor al que hemos encontrado como afectación al consumidor”.

El subsecretario de la Secretaría de Economía (SE) dijo que aún cuando en el pasado se han hecho programas de financiamiento para apoyar este cambio de equipos, hasta ahora no se tiene previsto uno para la adquisición del dispositivo.

“En algunos casos van a requerir cambiar los equipos o añadirles estos aditamentos, los cálculos que tenemos es que su misma operación permiten hacer esto”, señaló.

Puntualizó que de no cumplirse con la norma que obliga a la adquisición de los dispositivos y del control del software, habrá sanciones administrativas, económicas y hasta la pérdida de la franquicia.

José Antonio Torre destacó que lo que se busca es un equilibrio de tal manera que la regulación no genere costos mayores a los beneficios para los mexicanos.

ASEGURA PGR MAS DE 300 MAQUINAS DE JUEGO EN CATEO A CASINO EN MONTERREY


Fueron detenidas tres personas "por llevar a cabo juegos prohibidos o con apuestas en lugares cerrados sin contar con la autorización de la Secretaría de Gobernación", informó la dependencia.

Gustavo Castillo
México, DF. Personal de la Procuraduría General de la República (PGR) realizó un cateo en el Casino Crystal Palace, en Monterrey, Nuevo León, y aseguró más de 300 máquinas de juego y dinero en efectivo.


La dependencia federal dio a conocer que elementos de la Policía Federal Ministerial y peritos en materia de fotografía, criminalística y electrónica participaron en el operativo en el cual fueron detenidas tres personas "por llevar a cabo juegos prohibidos o con apuestas en lugares cerrados sin contar con la autorización de la Secretaría de Gobernación".

El Ministerio Público Federal derivado de dicha acción aseguró un total de 374 máquinas y numerario. Los detenidos rinden sus respectivas declaraciones ministeriales en la averiguación previa correspondiente y en las próximas horas se resolverá su situación jurídica, informó la PGR.

ABATEN MILITARES A NUEVE PRESUNTOS DELINCUENTES EN COAHUILA


El reporte de la Sedena precisa que durante los hechos un militar resultó muerto y otro con lesiones en un brazo.

Notimex
Saltillo, Coah. La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) informó que un total de nueve presuntos delincuentes murieron en varios enfrentamientos registrados en esta ciudad entre elementos militares y sujetos armados.


La Sedena indicó que el primero de los hechos se registró ayer cuando personal castrense efectuaba reconocimientos terrestres en la Colonia La Palma de esta ciudad y fueron agredidos con armas de fuego.

Señala que al repeler la agresión, sobre el Boulevard Francisco Coss, murió un delincuente y se aseguraron cuatro armas largas y dos vehículos, en hechos reportados a las 14:15 horas.

Posteriormente, a las 20:15 horas se obtuvo información de que en la calle Álvaro Obregón, entre Emiliano Zapata y Gustavo A. Madero de la misma colonia, se encontraba un vehículo robado por los delincuentes en el evento antes citado.

En el lugar, el personal militar fue recibido con disparos de arma de fuego desde un domicilio ubicado en la misma calle, motivo por el cual al repelerse la agresión resultaron ocho delincuentes muertos, se aseguraron cinco vehículos, ocho armas largas, cargadores, cartuchos y un predio de aproximadamente 30x30 metros cuadrados.

El reporte de la Sedena precisa que durante los hechos un militar resultó muerto y otro con lesiones en un brazo.

Puntualiza que los cuerpos de los occisos y lo asegurado fueron puestos a disposición de las autoridades correspondientes.

REPORTAN 2 ESTALLIDOS EN CIUDAD VICTORIA; UNO EN CASINO Y OTRO EN AVENIDA


Ambos alrededor de las 17:00 horas; se movilizan Ejército y policiacas, atentados no dejan víctimas.

La Jornada en línea
México, DF. Artefactos explosivos estallaron la tarde de este viernes alrededor de las 17:00 horas en Ciudad Victoria, Tamaulipas, uno de ellos en el predio de un casino y otro en una avenida, sin que se reporten víctimas, señalan informes preliminares de fuentes policiacas de la entidad.


El primer artefacxto estalló frente al edificio del casino Magnif, ubicado en el rumbo de la salida hacia Monterrey, a 300 metros de un centro comercial y de la Casa de Gobierno del estado.

La otra explosión, se dice de manera preliminar, corresponde a un vehículo que estalló sobre la avenida General Luis Caballero.

A la zona llegaron elementos del Ejército Mexicano y de diversas corporaciones policiacas.

Por la zona de la calzada Tamatán apareció una manta que sujetos desconocidos colocaron en las instalaciones de la Comisión Federal de Electricidad.

DECOMISAN DROGA Y AUTOS BLINDADOS




Durante la diligencia, se logró el aseguramiento de 58 kilos de droga en un paraje ubicado a 15 kilómetros de la línea fronteriza con el estado de Arizona, en el Municipio de Sáric.

En el lugar se localizaron seis paquetes confeccionados con cinta canela conteniendo hierba verde y seca con las características de la mariguana.

En otra acción realizada en Magdalena de Kino, se aseguraron 150 kilogramos de la misma droga y dos armas de fuego que estaban ocultas en varios costales de nylon, bajo una lona de color negro, en un vehículo pick up marca Ford línea Lobo modelo 1998.

Las armas encontradas es una pistola calibre 22 milímetros y una escopeta calibre 12 mm; también se encontraron debajo de los asientos tres cartuchos útiles.

En la misma localidad se incautaron dos vehículos blindados que fueron localizados abandonados en la colonia La Misión, los cuales son tipo pick up marca Chevrolet línea Cheyenne modelo 2009 y 2006.

Recuperan vehículos

Posteriormente, en el Municipio de Altar se recuperaron tres vehículos con reporte de robo, entre éstos un pick up marca Chevrolet línea Cheyenne 2500 que fue hurtado en Ciudad Obregón el 6 de octubre de 2004.

Los demás automóviles recuperados son un Dodge, modelo 2003 que fue robado el 10 de mayo del presente año, y un pick up Dodge línea Ram 1500 modelo 2004 con reporte en el extranjero.

En estas dos unidades fueron encontrados dos fusiles AK 47 mejor conocidos como “cuerno de chivo”, 209 cartuchos útiles y cuatro cargadores. 

Labor conjunta

Decomiso realizado en el Norte de Sonora:
208 kilogramos de mariguana.

5 vehículos (dos blindados)

2 fusiles de asalto AK 47

Una escopeta calibre 12 mm.

Una pistola calibre 22 mm. 

BAJO ORDEN DE APREHENSION SE LLEVAN A 13 POLICIAS DE AHOME, SINALOA A UNA CÁRCEL FEDERAL



Redacción   
Los 13 agentes de la Policía Municipal de Ahome que fueron trasladados ayer vía aérea no fueron enviados a la SIEDO sino a un penal de máxima seguridad bajo un mandamiento judicial otorgado por un juez de distrito a la Procuraduría General de la República (PGR), reveló la Procuraduría General de Justicia del Estado.

En conferencia de prensa, el procurador Marco Antonio Higuera Gómez indicó que el Ministerio Público Especializado en Secuestro solicitó a un juez del ramo penal el levantamiento del arraigo de los 17 agentes que mantenían en investigación, pero fue cuando entraron agentes federales para trasladarlos por orden del juez a un penal de máxima seguridad.

Higuera Gómez aseveró que la PGR solo notificó que serían recluidos o en el penal federal de Nayarit o en el Villa Aldama, Veracruz, pero que la institución a su cargo desconoce a cuál de ellos fueron trasladados.

Explicó que fue la PGR quien consigió 12 órdenes de aprehensión en contra de los 17 agentes, y que ayer fue detenido uno de los policías liberados, quien también contaba con dicho mandamiento judicial, ya que la dependencia federal trabajó una averiguación previa paralela a la que llevaba a cabo la PGJE.

Entre los detenidos está el mayor retirado del Ejército, León Horacio Reyes, quien fungía al momento de su aprehensión como director de la Policía Municipal.

También fueron trasladados a la SIEDO los oficiales Manuel Hernández Mendoza; Ernesto Alonso Beltrán Alvarez; Germán Carrillo Ochoa; Gonzalo Omar Pérez Rubio y Joel Armando Salas.

Otros de los arraigados enviados son José Luis Alvarez Rendón; Fernando Castañeda Labrada; Juan Francisco Mercado de La Torre; Sergio Casillas Torres y Humberto Inzunza Cota. Extraoficialmente se dijo que también el agente Roberto Borboa Montiel, faltando por identificar al número 13 de la lista.

En unos momentos la Procuraduría estatal dará a conocer información oficial del caso...

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IDENTIFICAN ÚLTIMOS DOS CUERPOS HALLADOS EN GUADALAJARA


Terminó el proceso de identificación de los cinco cuerpos encontrados en la Federación de Estudiantes de Guadalajara. Se trata de Armando Gómez Gallardo, de 56 años y su hijo Francisco Gómez Saucedo, de 21 años.

La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) indicó que efectivamente son los de Francisco Ismael Gómez Saucedo, de 21 años de edad, estudiante de la preparatoria 8, y de su padre Armando Gómez Gallardo, de 56 años, comerciante, quienes tenían domicilio en la colonia San Miguel de Huentitán.

Dio a conocer que ambos murieron por disparos de arma de fuego en la cabeza, según lo determinó la necropsia practicada por el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses.

En las diligencias que se practican dentro de la sede del organismo estudiantil, el Ministerio Público localizó y aseguró una pistola escuadra calibre .32, así como varios casquillos de bala.

Además, se encontraron restos de sangre en el área de oficinas del edificio, luego de que peritos del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses aplicaron una prueba de luminol.

La dependencia estatal resaltó que se encuentra en busca de varias personas que pudieran estar relacionadas con el asesinato de las cinco víctimas, y de las que por el sigilo de la investigaciones, se reserva las identidades.

El Ministerio Público que encabeza las investigaciones, determinó, de acuerdo con sus facultades de ley, que las instalaciones del organismo estudiantil queden aseguradas.

PEÑA NIETO, RESPONSABLE DE SUS ERRORES: BARTLETT


El ex senador dijo estar más preocupado por las posturas del ex gobernador mexiquense en torno a la apertura petrolera a la iniciativa privada.

El ex senador Manuel Bartlett Díaz consideró que es más preocupante escuchar de Enrique Peña Nieto que abrirá a la iniciativa privada el sector petrolero.


Antonio Villegas
Tabasco • El ex senador, Manuel Bartlett Díaz, consideró que el priísta Enrique Peña Nieto es el responsable de los errores que ha cometido en los últimos días, aunque se dijo más preocupado por las posturas del mexiquense en torno a la apertura petrolera a la iniciativa privada.


“(Si está mal asesorado) lo cual desconozco, pero lo que sale de su boca es de él”, dijo Bartlett en alusión a Peña Nieto, quien en las últimas semanas no pudo citar tres libros en la Feria Internacional del Libro y se equivocó en una entrevista al desconocer el monto del salario mínimo en el país y el precio de la tortilla.

De visita en Tabasco, donde dijo atendió asuntos personales, el ex secretario de Gobernación y ahora aspirante a una posición en el Senado por la izquierda, indicó que “es más grave” que Peña haya dicho en Estados Unidos que abrirá el sector petrolero al capital privado.

“Absolutamente estoy en contra y hemos estado en contra de esa posición”, resaltó.

EN EU AMENAZAN DE MUERTE AL HIJO DE MARISELA ESCOBEDO, ACTIVISTA ASESINADA EN CIUDAD JUAREZ; FBI TOMA EL CASO


En tanto, en Ciudad Juárez, un grupo de activistas tomaron las calles para exigir justicia y recordar la vida de la desaparecida activista a un año de su homicidio.

Milenio.com
Ciudad Juárez • El caso de Marisela Escobedo y sus hijos exiliados en el Paso Texas fue tomado por autoridades estadounidenses tras una nueva amenaza de muerte.
En esta ocasión, uno de los hijos de la desaparecida activista, fue amenazado cuando se encontraba en un centro comercial de el Paso Texas.
El joven mencionó que varios sujetos le advirtieron que si no dejaba de insistir en investigar el caso de Marisela Escobedo, iban a matarlo. El caso fue tomado por el FBI.


Activistas marchan en Cd. Juárez a un año del feminicidio de Marisela Escobedo

A un año del feminicidio de la activista Marisela Escobedo en Ciudad Juárez, un grupo de manifestantes marcharon desde la Fiscalía hasta la Ciudad Judicial.


Las calles recorridas por los activistas, fueron las mismas que pisó Marisela Escobedo exigiendo justicia en el caso del homicidio de su hija Rubí Marisol en agosto de 2008 y de otros tantos feminicidios en Chihuahua.

Isabel Marrufo, integrantes de la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez dijo que en la marcha participaron miembros del Comité de Madres y Familiares de Mujeres Desaparecidas.

Respecto a los avances recientemente presentados por la Fiscalía General de Chihuahua, Marrufo aseguró que no están conformes ya que carecen de certeza, por lo que esperaran hasta que haya mayor verificación y sobre todo escuchar la opinión de Juan Manuel, hijo de Marisela Escobedo.

FEG SE DESLINDA DE HALLAZGO DE CADAVERES


Israel Quezada Mariscal, dirigente de la agrupación, afirma que se ha dejado atrás el pasado violento.

Milenio.com
Guadalajara • Ayer, poco antes de las 00:00 horas, la Federación de Estudiantes de Guadalajara (FEG) publicó un comunicado donde se deslinda de los hechos en que los últimos dos días se localizaron cinco cadáveres en el edificio de la agrupación.

“Será el tiempo quien nos dará la razón” señala el presidente de la FEG, Israel Mariscal Quezada a través de la página de Facebook de la agrupación y posteriormente marca distancia de los “hechos punibles” que se han dado a conocer desde el miércoles.

Mariscal Quezada, que dirige el mensaje a los medios de comunicación y sociedad, afirma que la FEG ha dejado de lado su pasado violento. 

Añade que quienes fueron parte de esta etapa “intentan olvidar de donde salieron y el periodo de impunidad que ellos mismos propiciaron y dirigieron” sin hacer señalamientos directos.

HUNDEN A NARCISO AGUNDEZ

Inhabilitan y multan a ex gobernador
Hay más de 15 testimonios que obran en la averiguación previa LPZ/079/SPB/2011 y la causa penal 261/2011, donde la mayoría de los presuntos implicados en la venta irregular de siete bienes inmuebles en el exclusivo fraccionamiento El Pedregal, desesperados y presionados por la investigación judicial, señalan directamente al ex gobernador como principal responsable de haber dado la orden, fraguado y simulado la operación de compraventa en Cabo San Lucas.

Gerardo Zúñiga Pacheco /Alejandro Acuña Rivera
La Paz, Baja California Sur. “Se me instruyó por parte del ingeniero Narciso Agúndez Montaño para acudir a la Notaría Pública Número 15, a cargo del licenciado Juan Raúl Mendoza Unzon, a recibir diversos cheques, motivo de una operación de compraventa, desconociendo en ese momento sobre qué inmuebles se refería y el monto de las operaciones de cada uno, comentándome el notario que los cheques que me hacía entrega, en su totalidad, sumaban 23 millones 983 mil pesos y que debía entregarlos a la Secretaría de Finanzas, mediante escrito, haciéndome del conocimiento el titular de la Notaría, a la entrega de los mismos que la operación que se había realizado era sobre siete bienes inmuebles ubicados en el fraccionamiento El Pedregal de Cabo San Lucas, Baja California Sur”, expuso Ramón Alejo Parra Ojeda, ex director de Asuntos Jurídicos y Estudios Legislativos del pasado sexenio, en su declaración preparatoria en la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común Investigador Especializado en Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

El ex funcionario aseguró que de hecho entre septiembre y octubre de 2010 recibió órdenes del ex gobernador para realizar el cobro a la empresa Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V., ya que únicamente había pagado la cantidad de 3 millones 810 mil pesos como garantía de seguridad, correspondiente al 5 por ciento del valor total de la operación de compraventa,  la cual había ascendido a 76 millones 200 mil pesos y estaban pendientes de liquidarse 72 millones 390 mil pesos.

Al momento de rendir su declaración, Parra Ojeda no recordó la fecha exacta, únicamente que cuando habló con los representantes de la compañía, quienes responden a los nombres de Óscar Armando Deccarett Casas, Barret Jonathan Masso McDonald y Luis Roberto Gorostiza Nelson, reconocieron el adeudo y prometieron liberar el dinero a más tardar en un mes.

“No obstante y para efecto de cumplir con la instrucción de recuperar los inmuebles, procedimos a interponer demanda civil contra la empresa Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V., pero a inicios de 2011 se me instruye para efectos de participar en la celebración de un convenio, mediante el cual la empresa regresaría los bienes inmuebles a favor del gobierno del estado con sus mejoras y accesorios, porque el argumento de la empresa era que no había podido cubrir el adeudo por cuestiones de índole económico, estableciéndose que la cantidad que había sido depositada como garantía de seriedad, quedaría a favor del gobierno por daños y perjuicios”, relató.

El ex servidor público comentó que el 11 de enero de 2011 se firmó el convenio para que los bienes inmuebles pasaran otra vez a manos del gobierno del estado, sin embargo, luego de esa operación y casi de forma inmediata, tuvo conocimiento de que el ex gobernador Narciso Agúndez Montaño había girado la instrucción para que fueran escrituradas las propiedades de El Pedregal en Cabo San Lucas, mismas que debían ser expedidas en la Notaría Pública Número 15, a cargo de Juan Raúl Mendoza Unzon.

El testigo se refería a la operación de compraventa -por segunda ocasión- de los siete bienes inmuebles de esa zona residencial a favor del empresario Hassan Mansur González, representante legal de las compañías Inmobiliaria Fakhir, S.A. de C.V.; Inmuebles Sonia Torreón, S.A. de C.V. e Inmuebles Samar Torreón, S.A. de C.V., quien supuestamente pagó 55 millones 947 mil 600 pesos menos del valor real de las propiedades, generando un quebranto en las arcas estatales.

“Yo no tuve ninguna participación en ese proceso, únicamente recibí y recogí diversos cheques, motivos de la operación de compraventa, y hasta que los tuve en mis manos, supe que era por lo de los bienes inmuebles de El Pedregal de Cabo San Lucas”, dijo.

Después de rendir su declaración, el agente del Ministerio Público del Fuero Común Investigador Especializado en Delitos Cometidos por Servidores Públicos, planteó once preguntas a Ramón Alejo Parra Ojeda, mismas que tuvo que responder. Destacan las siguientes:

1. ¿Conoce o tiene conocimiento de quiénes fueron las personas que se encargaron de hacer los trámites ante la Notaría con motivo de la compraventa de los referidos inmuebles?

“No conozco a las personas, el día que me entregaron los pagos, el titular de la Notaría Pública Número 15 me comentó que eran los compradores”.

2. Diga en qué Juzgado y bajo qué número de expediente fue radicada la demanda civil que dice haber promovido en contra de Las Veredas de San José, S. de R.L de C.V. por la falta de pago…

“No sé el número de expediente ni Juzgado, no obstante para mejor proveer de la presente indagatoria, sugiero a esta autoridad requerir la información a la Dirección de Asuntos Jurídicos y Legislativos”.

Éste es sólo un extracto de uno de los más de 15 testimonios que obran en la averiguación previa LPZ/079/SPB/2011 y la causa penal 261/2011, donde la mayoría de los presuntos implicados en la venta irregular de siete bienes inmuebles en el exclusivo fraccionamiento El Pedregal, desesperados y presionados por la investigación judicial, señalan directamente a Narciso Agúndez Montaño como principal responsable de haber dado la orden, fraguado y simulado la operación de compraventa en Cabo San Lucas.

La primera venta
El 10 de junio de 2011, José Refugio Carrillo Sánchez, director de Patrimonio Inmobiliario y Regularización de la Tenencia de la Tierra del gobierno del estado, presentó una denuncia penal tras descubrir en la revisión de expedientes una serie de irregularidades e inconsistencias en la venta de siete predios del citado fraccionamiento de Cabo San Lucas.

Relató que después de tomar protesta en el cargo, el 6 de abril, comenzó un inventario de los bienes inmuebles patrimonio del gobierno estatal, por lo que encontró un expediente archivado a su cargo, relacionado a la enajenación de siete bienes inmuebles, los cuales fueron adquiridos por medio de contratos de donación y vendidos al parecer de manera ilícita, y de los cuales entregó una relación con los antecedentes, extensiones, ubicaciones y claves catastrales, así como escrituras.

En su querella, Carrillo explica que el 15 de febrero de 2008, Narciso Agúndez Montaño, solicitó al Congreso su autorización para enajenar a título oneroso los citados bienes inmuebles, enviado un escrito al presidente de la Comisión Permanente, José Carlos López Cisneros, acompañado de los respectivos avalúos catastrales autorizados por la Dirección de Catastro del Ayuntamiento de Los Cabos, los cuales fueron elaborados en base a la tabla de valores unitarios de suelo y la construcción, así como la zona donde estaban localizados.

Hasta el 7 de diciembre de 2007, los siete bienes inmuebles costaban 64 millones 673 mil 161 pesos, según avalúo firmado por el entonces director de ese organismo municipal, Abel David Green.

El funcionario expone que el 4 de marzo de 2008, la Comisión de Asuntos Fiscales y Administrativos del Congreso local, integrada por los diputados Óscar Leggs Castro, Blanca Guadalupe Guluarte Guluarte y Georgina Nohemí Hernández Beltrán, dictaminaron y aprobaron la iniciativa con proyecto de decreto del entonces gobernador, Narciso Agúndez Montaño,  cuya solicitud llevaba la firma del secretario de Finanzas, Nabor García Aguirre (ya fallecido) y del secretario de Planeación Urbana, Infraestructura y Ecología, Guillermo Jáuregui Moreno.

Los legisladores aprobaron la venta de los siete bienes inmuebles con una extensión de 71 mil 939 metros cuadrados, cuyos fondos se destinarían a obras de infraestructura urbana y social.

En el Artículo Tres del decreto, los diputados establecieron un candado: “Se obliga al titular del Poder Ejecutivo a enterar oportunamente al Congreso del Estado, en cualquier tiempo que éste se lo requiera, de la promoción y enajenación a título oneroso en su caso, así como el destino de los recursos económicos, revirados de la presente autorización”.

Por tal motivo, el 16 de mayo de 2008, Guillermo Jáuregui Moreno, siendo secretario de Planeación Urbana, Infraestructura y Ecología, expidió la convocatoria para la Licitación Pública Nacional PI-01/2008, e invitó a todos aquellos que tuvieran interés en participar en la compra de las propiedades, estipulando como precio base de la venta 76 millones 151 mil 160 pesos, y fijando como condición el pago del 100 por ciento a la propuesta ganadora al momento de formalizar el contrato de compraventa, a través de cheque certificado a favor de la Secretaría de Finanzas, y a más tardar diez días después de la emisión del fallo.

En la denuncia penal, José Refugio Carrillo Sánchez afirma que, en base al expediente en su poder, el dictamen se emitió el 2 de junio de 2008 y favoreció a la compañía Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V., representada por Luis Roberto Gorostiza Nelson, quien ofertó la cantidad de 76 millones 200 mil pesos. Una vez transcurrido el proceso, el 12 de junio del 2008, se celebró el contrato de compraventa entre gobierno del estado y los ganadores de la licitación, en el cual firmaron las siguientes personas:

Por parte del gobierno, Narciso Agúndez Montaño, Luis Armando Díaz, Héctor Ibarra Espinoza y Guillermo Jáuregui Moreno en su calidad de gobernador, secretario general, oficial mayor y secretario de Planeación Urbana, Infraestructura y Ecología, respectivamente.

Mientras que del licitante ganador figuró Luis Roberto Gorostiza Nelson, representante de Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V.

Cabe destacar que en ese contrato nunca apareció el nombre de Óscar Armando Deccarett Casas, hijo del principal prestanombres de Narciso Agúndez Montaño, ni de Barret Jonathan Masso McDonald, extranjero que durante mucho tiempo invadió propiedades para el malogrado Grupo de Los Cabos, como el caso de la discoteca Pink Kitty de Cabo San Lucas.

En la denuncia penal, el funcionario entregó una copia del contrato donde se establece que en el acto de la firma se entregaron 72 millones 390 mil pesos, equivalentes al 95 por ciento de la operación y 3 millones 810 mil pesos, que representan el 5 por ciento de la operación.

En total, 76 millones 200 mil pesos, cantidad notificada oficialmente como ingreso al Congreso del Estado, dentro de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2008; sin embargo nadie sabe dónde quedó el dinero.

La segunda venta

Pese a que en el primer contrato de compraventa y en la cuenta pública de 2008, el dinero aparece como ingresado a las arcas estatales, el ex gobernador Narciso Agúndez Montaño, una vez que perdió las elecciones del 6 de febrero de 2011 y en vísperas de dejar el poder, el 17 de febrero pasado, o sea, 11 días después de la derrota del candidato a gobernador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Luis Armando Díaz y adelantándose a que pudiera descubrirse esta operación fraudulenta, ordenó la elaboración de una minuta en la que se hace constar una supuesta reunión entre él, Alfredo Porras Domínguez y Juan Garibaldo Romero, así como los diputados Natividad Osuna Aguilar y Arturo Flores González, en la cual se explica acordaron volver a vender los siete bienes inmuebles, en virtud de la anulación del contrato de compraventa con Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V. y, por consiguiente, se declaraba desierta la Licitación Pública Nacional número PI-01/2008.

En la minuta que obra en el expediente judicial, Narciso Agúndez Montaño, dijo que tenía dos interesados en comprar los bienes inmuebles del exclusivo fraccionamiento El Pedregal.

El primer interesado era Mónico Javier Soto López, administrador único de la compañía Alja Inmobiliaria, S. de R.L. de C.V., quien ofreció pagar 20 millones de pesos por las propiedades.

El segundo interesado fue Hassan Mansur González, representante legal de Inmobiliaria Fakhir, S.A de C.V., Inmuebles Sonia Torreón, S.A. de C.V. e Inmuebles Samar Torreón, S.A de C.V., quien dijo que presentó una propuesta de pago de 23 millones 980 mil pesos.

En el expediente que obra en manos de ZETA, se describe que en virtud de que la Licitación Pública Nacional finalmente quedó desierta y que los diputados habían autorizado en el cláusula número tres de que en caso de que la convocatoria se declarara desierta, el gobierno del estado podría vender los bienes inmuebles separada o conjuntamente de manera directa a la persona física o moral que presentara la propuesta económica más viable, sin importar que dicha autorización se encontrara apegada o no a la legalidad.

Así, después de analizar las dos propuestas y los supuestos avalúos catastrales y comerciales incorporados a la minuta, firmados por el perito valuador Luis Pedro Cervantes Santamaría, Narciso Agúndez Montaño, Alfredo Porras Domínguez y Juan Garibaldo Romero Aguilar, en su calidad de gobernador, secretario general y oficial mayor, de manera respectiva, concluyeron vender los terrenos al empresario Hassan Mansur González, ordenando entonces el ex gobernador al comprador que fuera a la Notaría Pública Número 15, a cargo de Juan Raúl Mendoza Unzon, para que formalizara el contrato de compraventa en un plazo no mayor a cinco días hábiles, el cual pagaría todos los impuestos, derechos y honorarios notariales de los siete bienes inmuebles.

En la minuta de esa reunión, iniciada a las 12:30 y terminada a las 15:15 del 17 de febrero, se refiere que Narciso Agúndez Montaño instruyó a Hassan Mansur González para que entregara el pago en cheques al momento de escriturar las propiedades y destinar dichos recursos para infraestructura urbana y social.

Cabe destacar que los dos avalúos que existen en el expediente sobre las dos operaciones de compraventa de los siete bienes inmuebles del fraccionamiento El Pedregal de Cabo San Lucas, fueron elaborados por la misma persona, es decir, Luis Pedro Cervantes Santamaría, y evidentemente difieren del precio y del tiempo, aunque se trata de los mismos terrenos.

El primero registra una avalúo de 76 millones 151 mil 160 pesos elaborado en febrero de 2008, y el segundo un avalúo de 21 millones 183 mil pesos, elaborado en enero de 2011.

Las irregularidades
En el expediente de más de tres mil hojas, tanto la PGJE como del Tribunal Superior de Justicia del Estado encontraron una serie de irregularidades. Algunas de ellas son:

1. La primera propuesta económica presentada por Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V. no apareció en el expediente de la operación de compraventa archivado en la Dirección del Patrimonio Inmobiliario y Regularización de la Tenencia de la Tierra.

2. El primer contrato de compraventa es simple, y no quedó registrado ni formalizado bajo ningún notario público.

3. Los avalúos oficiales de la Dirección de Catastro del Ayuntamiento de Los Cabos, elaborados el 7 de diciembre de 2007 -según la constancia expedida-, registran una firma y cuentan con los sellos de la Tesorería Municipal y Catastro, pero carecen del nombre de los firmantes. En esa fecha los predios fueron valuados en su conjunto en 64 millones 673 mil 161 pesos.

4. Los avalúos elaborados por Luis Pedro Cervantes Santamaría son diametralmente opuestos y tienen una diferencia de 55 millones 947 mil 600 pesos entre el primero de 2008 y el segundo de 2011.

5. La segunda operación de compraventa no registra una Licitación Pública Nacional, contraviniendo la Ley, aun cuando los diputados de la pasada legislatura hayan autorizado al ex gobernador del PRD para poder celebrar la operación de manera directa y sin entrar a concurso. La licitación sólo salió publicada en una sola ocasión y fue de carácter nacional, cuando en la autorización de los diputados, se preveía una de carácter internacional, por lo que aprovechándose del poder y de la investidura, se evitó la participación de extranjeros en el concurso, por tratarse de un destino turístico y de una zona de alta plusvalía comercial.

6. El ex gobernador y sus ex colaboradores recurrieron a una sesión secreta para poder vender de manera directa los bienes inmuebles, omitiendo la realización de una nueva Licitación Pública Nacional e Internacional.

7. Las dos propuestas económicas de la segunda operación de compraventa no están en la minuta o el expediente en la Dirección del Patrimonio Inmobiliario y Regularización de la Tenencia de la Tierra.

8. Los contratos de compraventa de la primera y segunda operación tienen una gran similitud en su redacción, palabras, expresiones léxicas, así como sorprendente semejanza en faltas de ortografía.

9. En la revisión de la documentación, según las conclusiones del agente del Ministerio Público del Fuero Común Investigador Especializado en Delitos Cometidos por Servidores Públicos, se advierte un claro contubernio entre autoridades de gobierno y supuestos compradores, ya que por testigos, se descubrió un acuerdo previo entre los involucrados para perpetrar actos dolosos en perjuicio de la administración pública estatal.

10. Asimismo, el agente investigador explica que el contubernio es evidente, cuando dichos ex funcionarios permitieron que los supuestos compradores tardaran hasta tres años en pagar las propiedades, los cuales, posteriormente, dejaron sin efecto la operación, cuando la regla de pago era liquidar al 100 por ciento los predios en el momento de la firma del contrato, quedando en evidencia la simulación para tratar de apoderarse ilícitamente de esas tierras.

11. Finalmente, la PGJE determinó que los ex funcionarios contravinieron los lineamientos establecidos en las reglas de la convocatoria, porque al formalizar el primer contrato de compraventa quedó claro que habían cubierto el pago de las propiedades; sin embargo, para su propia sorpresa tres años después los supuestos compradores, convinieron rescindir el contrato, porque “no habían pagado”, exponiendo con dicha actuación un daño en los intereses del negocio en la licitación pública, acreditándose a todas luces un favoritismo hacia la empresa y los supuestos compradores, satisfaciendo indebidamente el interés de la misma, máxime que como exponen testigos, Óscar Armando Deccarett Casas es hijo de Óscar Deccarett Habbif, comisionado de Pesca Deportiva en el sexenio de Narciso Agúndez Montaño y compadre suyo.

Los implicados
NombreCargo
Narciso Agúndez Montaño
Gobernador
Luis Armando Díaz
Secretario general
Alfredo Porras Domínguez
Secretario general
Guillermo Jáuregui Moreno
Secretario de Planeación Urbana, Infraestructura y Ecología
Juan Garibaldo Romero Aguilar
Oficial mayor
Héctor Ibarra Espinoza
Oficial mayor
Ramón Alejo Parra Ojeda
Director de Asuntos Jurídicos y Legislativos
Oscar Armando Deccarett Casas
Socio de Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V.
Barret Jonathan Masso McDonald
Socio de Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V.
Luis Roberto Gorostiza Nelson
Socio de Las Veredas de San José, S. de R.L. de C.V.
Luis Pedro Cervantes Santamaría
Perito valuador
Juan Raúl Mendoza Unzon
Notario público Número 15
Elsa Lorena Domínguez Molina
Directora de Patrimonio Inmobiliario y Regularización de la Tenencia de la Tierra
Judith Díaz Espindola
Notaría Pública Número 14
Hassan Mansur González
Representante legal de Inmobiliaria Fakhir, S.A. de C.V.; Inmuebles Sonia Torreón, S.A. de C.V. e Inmuebles Samar Torreón, S.A. de C.V.

Fuente: Investigaciones ZETA